Avales para pequeñas empresas y autónomos
Actualidad Sectorial

Lo que debes saber sobre los créditos avalados a autónomos

Jue, 26/03/2020 - 10:39

El Consejo de Ministros acaba de aprobar el primer tramo de una línea de avales por valor de 20.000 millones de euros para empresas con problemas provocados por el coronavirus Covid-19. Del total de este dinero, el 50% se reservará para garantizar préstamos de autónomos y pymes.

El objetivo de este primer paquete es garantizar la liquidez de autónomos y empresas en cumplimiento del Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Las empresas y autónomos interesados ya pueden solicitarlo en su banco habitual, pero aquí te damos siete claves para entender cómo puede ayudarte esta línea de ayudas y, de paso, te sugerimos que visites nuestra GUÍA DE AYUDA PARA LA SOLICITUD, que incluye información sobre la documentación que debes presentar.

Conoce las 7 claves del aval

1. Préstamos para afrontar pagos

En el caso de pymes y autónomos, el objetivo de la medida es garantizar hasta el 80% de los préstamos solicitados a los bancos para afrontar el pago de salarios, circulante, facturas o por necesidades de liquidez.

2. Carácter retroactivo

Los avales tendrán carácter retroactivo, por lo que podrán solicitarse para todas las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se publicó el pasado día 18 de marzo.

3. Gestionado por el ICO

El Instituto de Crédito Oficial es quien gestionará y aprobará, en cada caso, la concesión del aval, en colaboración con las entidades financieras.

4. Para empresas y autónomos

Los beneficiarios son empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

5. Plazo máximo: 5 años

El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un máximo de cinco años.

6. Hasta el 30 de septiembre

Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020.

7. Solicitudes, en el banco

Los interesados deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.

 

Esperamos que estas claves te ayuden a entender un poco mejor esta medida puesta en marcha por el Gobierno. En cualquier caso, si estás pensando solicitar un préstamo para poder afrontar pagos o ya lo has hecho, te recomendamos que contactes cuanto antes con tu entidad financiera para acceder a esta línea de avales. Aquí puedes consultar todas la documentación necesaria para solicitar estos préstamos avalado.

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